Índice
Autora: María Estrella Fidalgo García
Categoría: Personal no sanitario
Introducción
La violencia de género no sólo afecta al ámbito privado, al contrario, se manifiesta como el símbolo existente en la Sociedad más brutal de la desigualdad. Es una violencia que va en contra de las mujeres por el hecho de serlo, por considerarlas sus agresores carentes de los mínimos derechos de respeto, capacidad de decisión y libertad.
Los poderes públicos tienen que empatizar con la problemática de la violencia de género y no ser ajenos. Esta violencia constituye un ataque tanto a los derechos fundamentales como a la libertad, la vida, la seguridad, la igualdad y la no discriminación según dice en la Constitución. Estos mismos poderes públicos, tienen obligación de tomar medidas de acción positiva para hacer efectivo y real dichos derechos, tratando de apartar los obstáculos que dificultan o impiden su plenitud.
El objeto de la Ley, actuar contra esa violencia que discrimina una situación de desigualdad y la relación de poder de los hombres sobre las mujeres, se da sobre aquellas partes que son o hayan sido sus cónyuges o de quien esté o ha sido ligado a ellas por similares relaciones de afectividad, aún sin convivencia. Se aprobó la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Esta Ley establece las medidas de protección de forma integral cuyo fin es prevenir, erradicar y sancionar esa violencia y dar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a menores tutelados o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.
La violencia de género, en esta Ley, comprende también las agresiones a la libertad sexual, amenazas, todo acto de violencia física como psicológica, la arbitraria privacidad de libertad y las coacciones.
Las víctimas que sufren contra su libertad dan lugar a secuelas graves que les impiden restablecerse sin la ayuda de profesionales expertos en este tipo de agresiones. Estos equipos especializados están formados por médicos, psicólogos, enfermeros y trabajadores sociales.
Objetivos
Hacer un análisis de qué medidas hay actualmente en la Sociedad para evitar la violencia de género.
Metodología
Se ha realizado una búsqueda sistemática de libros así como en el buscador Google Académico, introduciendo los términos de búsqueda combinados con filtros como: “Ley Orgánica 1/2004” y “violencia de género”. También se han consultado publicaciones científicas difundidas en diferentes revistas españolas y Guías de prácticas Clínicas.
Desarrollo
Respecto a las medidas de protección que puede adoptar el juez de violencia sobre la mujer, se optó por su inclusión expresa, ya que no se recogieron como medidas cautelares en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula solamente la prohibición de residencia y la de ir a un lugar determinado para los delitos recogidos en el artículo 57 del Código Penal.
Se optó por delimitar de forma temporal estas medidas hasta el fin del proceso pero se añade que pueda ser utilizada como medida de seguridad, durante o desde el principio de la ejecución de la sentencia, aumentando con ello la lista del artículo 105 del Código Penal y que el juez tenga la posibilidad de garantizar la protección de las víctimas más allá del final del proceso.
Medidas que previenen la violencia de género:
- Disminuir y suprimir los factores de riesgo que dan lugar a violencia de género.
- Que haya protocolos de actuación para impedir las agresiones.
- Dar a conocer factores de protección.
- A través de los medios de comunicación visualizar el problema.
- Concienciar a través de campañas de sensibilización a la población.
- Hacer una valoración de las medidas adoptadas para confirmar que estas son efectivas.
- Utilizar la tecnología para rastreo de maltratadores y mejorar los mecanismos de protección, etc.
- Dar una educación en el entorno familiar como escolar para hacer ver a los jóvenes relaciones afectivo-sexuales de igualdad entre hombres y mujeres.
- Dar suficientes recursos a mujeres maltratadas para su reinserción socio-laboral como asesoramiento, autoempleo, formación….
- Que las empresas estén incentivadas a contratar a mujeres que hayan estado en una situación de violencia de género.
Conclusiones
Para acabar con la violencia de género es necesario implicar a toda la Sociedad y utilizar todas las medidas preventivas que se puedan dar.
Se recomienda para evitar esta problemática, detectar de forma precoz los casos y dar a la víctima los servicios y recursos que estén disponibles para favorecer la autonomía y su seguridad.
La violencia de género es un problema de salud pública muy grave que es necesario reestructurar el comportamiento de la sociedad basado en la desigualdad de género, tanto por las escuelas como en la familia y fomentar actividades para la prevención de la violencia de género. El sistema de salud es una de las puertas de entrada principales por lo que también es fundamental que los profesionales de Sanidad estén capacitados para dar apoyo adecuado y puedan educar e informar de forma correcta.
Las charlas, conferencias, diálogo, encuestas, así como el hacer visitas domiciliarias para abordar las desigualdades de género, son fáciles de aplicar y útiles en nuestro medio. El uso de internet es una herramienta a destacar ya que debido al anonimato es una medida de prevención buena.
La prevención primaria es una fundamental herramienta para tratar de bajar el número de víctimas que están afectadas por la violencia de género aunque hay investigaciones realizadas que hacen evidente que se siga trabajando en la búsqueda de intervenciones más efectivas.
Bibliografía
- Temario Administración del Principado de Asturias Ordenanza – MAD
- https://www.enfermeria21.com/ revistas/ridec/articulo/27127/ la-prevencion-como- herramienta-en-la-violencia-de-genero/
- http://criminet.ugr. es/recpc/08/recpc08-02.pdf
- https://boe.es/buscar/pdf/ 2004/BOE-A-2004-21760-consolidado.pdf