Autoras:
Primera Autora: Isabel Martos Villa (1), Segunda Autora: Cristina Rodríguez Rivera (2)
1 Auxiliar Administrativo
2 Auxiliar Administrativo
Introducción
Se establece que el responsable del tratamiento de los datos que forman parte de la historia clínica es el médico o el centro sanitario, público o privado. Éstos tienen la obligación de elaborarla, custodiarla e implantar las medidas de seguridad necesarias para que no se extravíe o sea accedida por tercero
A través de campañas informativas se pretende divulgar y concienciar tanto al personal no sanitario como el sanitario que tenga acceso a los datos de carácter personal, los relativos a la privacidad y a la salud de los pacientes la importancia del secreto profesional y la confidencialidad.
Metodología
Búsquedas en el Portal de Salud del Principado de Asturias (ASTURSALUD), en la web de la Agencia Española de Protección de Datos y artículos de revistas.
Desarrollo
El uso inadecuado del tratamiento de dichos datos por parte del personal autorizado tanto sanitario o no sanitario conlleva muchas veces al uso erróneo de la información sobre el paciente.
La Agencia Española de Protección de datos para garantizar y proteger la confidencialidad ha desarrollado un Decálogo dirigido al personal sanitario y administrativo.
Conclusiones
En el año 2019 la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado su memoria la cual es coincidente con el primer año de aplicación de la reforma de la ley, que los cambios introducidos en la nueva ley han llevado a novedades, en los derechos de los ciudadanos como en la forma de tratar los datos personales por parte de las organizaciones.
Las reclamaciones recibidas a la agencia durante el 2018 se incrementaron casi un 33% de las cuales el 7% corresponden a sanidad.

Es imprescindible realizar un tratamiento de datos adecuado este ámbito.