• Skip to main content
  • Skip to secondary menu
  • Skip to primary sidebar
  • Presentación
  • Cronograma / PLAZOS
  • Programa
  • Buzón
  • ENVIAR CAPÍTULO DE LIBRO
  • ENVIAR POSTER / COMUNICACIÓN

III Congreso Virtual SICEPA - USIPA "2023: Sanidad, un trabajo en equipo"

Congreso Virtual organizado por SICEPA - USIPA

  • Organizadores – Comité Científico
  • Normativa
  • Buzón de contacto
  • Libro
  • Pósters – Comunicaciones

Trabajo y salud

14/06/2022

Índice

Twitter Facebook Pinterest LinkedIn WhatsApp

Autora: María Teresa Pérez Delgado

Aux. Administrativo

trabajo-salud

Introducción

Desde los tiempos más remotos, las personas han tenido que desarrollar actividades para poder cubrir sus necesidades, el trabajo es el esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza. El trabajo permite lograr unos objetivos y satisfacer unas necesidades, a su vez tiene reconocida la presencia de riesgos importantes en cuanto a seguridad y salud para los trabajadores, si bien, la sociedad ha evolucionado e incorporado nuevas tecnologías que han cambiado las condiciones de trabajo y por tanto también los riesgos laborales.

Metodología

Real Decreto 486/1997 de 14 de abril

Artículo 4.7 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Artículos 156 y 157 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre

Libros de formación sobre el tema

Desarrollo

El lugar de trabajo puede ser un factor que condicione la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores. Los lugares de trabajo deben cumplir unas características que los conviertan en seguros, las características de los lugares de trabajo están reguladas por el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, en el que se establecen unas medidas mínimas de seguridad y salud en ellos.

Las condiciones de trabajo, son definidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 4.7 como “cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de

riesgos para la seguridad y la salud del trabajador”. A continuación vamos a detallar ejemplos de condiciones de trabajo:

–        Ambiente físico: temperatura, humedad, ruido,

radiaciones, iluminación, etc.

–        Ambiente químico: gases, vapores, aerosoles, contaminantes, polvo, humo, etc.

–        Ambiente biológico: virus, bacterias, parásitos, hongos, etc.

–        Ambiente psicosocial y ergonómico: estabilidad en el puesto de trabajo, jornada laboral, esfuerzo físico, salario, accesibilidad al centro de trabajo, herramientas, equipos, formación, información, imagen y dimensión de la empresa, etc.

El propio concepto de condiciones de trabajo puede englobar la noción de factores de riesgo, que son las condiciones de trabajo que pueden o no provocar un riesgo para la seguridad y salud, rompiendo el equilibrio físico, mental y social del trabajador.

Podemos agruparlos de la siguiente forma:

– Factores procedentes de las condiciones de seguridad

– Factores de origen higiénicos

– Factores ergonómicos

– Factores derivados de la psicosociología del trabajo

Los daños derivados del trabajo se traducen en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. (Art.156 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Ley General de la Seguridad Social).

Se considerará accidente de trabajo si ocurre en el tiempo de trabajo y si es en el lugar de trabajo, en cambio no se considerará como tal los que sean debidos a la imprudencia temeraria del trabajador accidentado.

Por otro lado, la enfermedad profesional está definida por el artículo 157 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre como “La contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta ley, y que este provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.

Se clasifican en seis grupos:

–        Enfermedades provocadas por agentes químicos

–        Enfermedades provocadas por agentes físicos

–        Enfermedades provocadas por agentes biológicos

–        Enfermedades provocadas por inhalación de sustancias comprendidas en otros grupos

–        Enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en otros grupos

–        Enfermedades provocadas por agentes cancerígenos

Conclusiones

Entre salud y trabajo se establecen relaciones positivas y negativas. Los accidentes de trabajo son uno de los indicadores más evidentes de unas malas condiciones laborales. Los incidentes nos advierten de la probable inmediatez del accidente de trabajo. Los efectos de la enfermedad profesional pueden aparecer después de varios años de exposición a la condición peligrosa, pues el deterioro es lento y paulatino.

Por todo lo anteriormente expuesto y con el propósito de lograr un nivel de protección frente a los riesgos derivados del trabajo y promover un mejor bienestar y calidad de vida para todos los trabajadores, se establece la prevención de riesgos laborales.

Bibliografía

  1. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
  2. Salud Laboral: prevención de riesgos laborales. Formación Continuada Logoss.
Twitter Facebook Pinterest LinkedIn WhatsApp

Sala: Día 14 - Sala 3

Primary Sidebar

ENVIAR PÓSTERS Y COMUNICACIONES
ENVIAR CAPÍTULO DE LIBRO

Copyright © 2023 · Editorial Científico-Técnica OCRONOS - Aviso legal