Autoras
Mónica Fernández Monteserín (Auxiliar Administrativo)
Cristina Antonia Estévez García (Auxiliar Administrativo)
Ana María Barrios Martínez (Auxiliar Administrativo)
Cualquier puesto de trabajo en el que habitualmente y durante una parte relevante del trabajo se utilice un equipo con pantallas de visualización (ya sean de ordenador o de vigilancia) está sujeto a unos riesgos bien definidos y que se deben prevenir.
El trabajo con pantallas de visualización de datos es quizás el ejemplo más característico de cómo una nueva tecnología puede suponer la introducción de unos nuevos riesgos; problemas en ojos y visión, posturales y lesiones producidas por movimientos repetidos y estrés.
- Quedan incluidos quienes trabajen con pantallas más de cuatro horas diarias.
- Distancia entre el monitor y los ojos entre 45 y 70 cm
- Los brazos deben estar relajados y en posición vertical. La articulación del hombro no debe forzarse para alcanzar el teclado. Los antebrazos y la mano deben formar una línea recta y estar paralelos al suelo. Los codos pegados al cuerpo.
- El respaldo de la silla debe ser reclinable, estar en posición vertical, con protección lumbar y en permanente contacto con la espalda. La silla ha de tener una base estable con 5 puntos de apoyo. Los ajustes se deben accionar desde la posición de sentado
- Es recomendable apoyar los pies en un reposapiés que los mantenga ligeramente apoyados
- La mesa debe tener una altura ligeramente inferior a la que quedan las manos
- La parte superior de la pantalla debe estar en línea con los ojos. El monitor debe estar vertical o ligeramente inclinado para evitar destellos
- Los trabajadores deben ser informados de las medidas adoptadas en cumplimiento del real decreto 488/1997 de pantallas de visualización de datos y recibir la formación específica sobre las modalidades de uso del equipo informático que manejan.