• Skip to main content
  • Skip to secondary menu
  • Skip to primary sidebar
  • Presentación
  • Cronograma / PLAZOS
  • Programa
    • 2021
    • 2022
    • 2023
    • 2024 – 1ª edición (primavera)
    • 2024 – 2ª edición (otoño)
    • 2025 – 1ª convocatoria (primavera)
    • 2025 – 2ª convocatoria (otoño)
    • Programa 1ª convocatoria 2026
  • Buzón
  • ACCESO AL CONGRESO
  • ACCESO AL LIBRO

VIII Congreso Virtual SICEPA - USIPA "2026: Sanidad, un trabajo en equipo"

Congreso Virtual organizado por SICEPA - USIPA

  • Organizadores – Comité Científico
  • Normativa
  • Buzón de contacto
  • Libro
  • Pósters y Comunicaciones

La confidencialidad y el secreto profesional de los pacientes atendidos por personal sanitario y administrativo

15/06/2021

Índice

  • 1 Introducción
  • 2 Objetivos
  • 3 Metodología
  • 4 Resultados
  • 5 Conclusiones
Twitter Facebook Pinterest LinkedIn WhatsApp

Autoras:

Luisa María Abreu Jardon, Begoña Diez Martin

Introducción

La definición de Confidencialidad según la RAE es lo que se hace o se dice en la confianza de que se mantendrá la reserva de lo hecho o lo dicho.

La definición de Secreto Profesional según la RAE es deber que tienen los miembros de ciertas profesiones (TCAE, Administrativo, Médico, Enfermera, Celador, Técnico de Laboratorio…)

La confidencialidad se basa en tres pilares fundamentales:

1º El derecho a la intimidad ya que, es un derecho que el paciente puede preservar hasta donde él crea necesario y desee.

2º La confianza. Es imprescindible que los pacientes puedan tener confianza para explicar lo que les pasa. Todos los trabajadores de la sanidad que tengan contacto con el paciente son confidentes necesarios, por ello tienen la obligación de guardar el secreto profesional.

3º La lealtad al paciente nos obliga a respetar su intimidad y su autonomía. La obligación de guardar la confidencialidad afecta tanto al personal sanitario, como no sanitario (celadores, administrativos, limpiadora, informático…). Se extiende a todo el personal que trabaja en el centro.

Los deberes fundamentales del personal sanitario y no sanitario que desempeñan su función en un Hospital o Centro de Salud son los siguientes: preguntar al paciente si quiere recibir información y si desea que se informe a alguien más, acceso solo a la historia clínica con fin legítimo, evitar comentarios de la salud del paciente en sitios inadecuados o a compañeros de trabajo, no informar a nadie sin el consentimiento del paciente, tratar al paciente con respeto y consideración.

El secreto profesional se configura como un derecho y deber fundamental, ya que sin la garantía de esta confidencialidad no puede haber confianza por parte del paciente para que éste preste la información necesaria al profesional que le atiende.

Objetivos

Explicar en qué consiste la confidencialidad y el secreto profesional de los pacientes o usuarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) para aclarar al personal sanitario y no sanitario la forma de aplicación más eficaz y segura de los datos e información de los mismos.

Metodología

Para la realización de este trabajo he buscado información en diversas fuentes  SNS, RAE, base de datos como EPUB utilizando palabras; paciente, sanitario, administrativo, confidencialidad, salud, secreto profesional, información.

Resultados

El profesional sanitario, y administrativo debe dar la información al propio paciente y no informar a nadie, aunque sea la pareja, la madre, el hijo, etc., sin el permiso del propio paciente o a menos que este lo haya manifestado o autorizado previamente.

Los inmigrantes tienen los mismos derechos y deberes que el resto de usuarios del SNS. Es más difícil guardar el secreto profesional cuando se requiere de un traductor/a para poder comunicarse con el paciente que no habla ni entiende el idioma del País donde vive. En este caso habrá que implicarle en el mantenimiento del secreto y pedir el consentimiento para su presencia a la persona interesada, especificando cuál es su papel.

Los menores se tienen que considerar como receptores de la información, por ello serán tratados con todos los derechos. Cuando el menor sea competente, no se dará ninguna información a los padres sin su consentimiento. Si el menor no es todavía competente, se tendrá que dar la información a los que sean tutores (habitualmente los dos padres).

Conclusiones

El secreto profesional abarca a todo el equipo asistencial, no solo al personal sanitario (facultativo, Enfermería, etc.), afecta también al personal no sanitario implicados en los cuidados de la salud. En la asistencia colaboran muchas personas que sin ser personal sanitario (personal administrativo, de limpieza, oficios varios, etc.) o bien estudiantes.

La necesidad de dar asistencia o de aprender en situaciones reales justifica su participación y están obligados a guardar el secreto al igual que los profesionales sanitarios.

Es importante dar formación adecuada y precisa a los trabajadores de los centros sanitarios sobre la importancia de guardar el secreto profesional y respetar la confidencialidad de los pacientes para que nunca se encuentren vulnerados tales derechos al paciente, y para que los trabajadores sepan las repercusiones de no llevar a cabo lo citado anteriormente.

Twitter Facebook Pinterest LinkedIn WhatsApp

Sala: Día 15 – Sala 4

Primary Sidebar

PARTICIPA

ENVIAR PÓSTERS Y COMUNICACIONES
ENVIAR CAPÍTULO DE LIBRO

Copyright © 2026 · Editorial Científico-Técnica OCRONOS - Aviso legal - Política de privacidad - Política de cookies

ATENCIÓN: Los contenidos publicados por Editorial Ocronos, tanto en esta web como en sus revistas, redes sociales y comunicaciones electrónicas, tienen carácter informativo y divulgativo. Están dirigidos a profesionales del entorno científico y técnico. Las obras reflejan exclusivamente la opinión, experiencia o investigación de sus autores, quienes asumen la plena responsabilidad de sus contenidos, así como el cumplimiento de los derechos de autor del material utilizado.. Ocronos no garantiza la exactitud, vigencia ni aplicabilidad práctica de la información publicada, ni asume responsabilidad por errores, omisiones o interpretaciones derivadas de su uso. Los textos no constituyen asesoramiento médico, diagnóstico, prescripción terapéutica ni recomendación profesional personalizada. Las decisiones clínicas o personales deben adoptarse siempre bajo el criterio independiente de un profesional cualificado y basarse en fuentes oficiales actualizadas.