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Autora: Montserrat Núñez Díaz
Categoría: Celadora
En realidad, hay muchas definiciones de acoso laboral. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el acoso laboral como:
“Acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta”.
Cuando alguien se vuelve una víctima del acoso o mobbing en su puesto laboral, ir a trabajar se vuelve un auténtico infierno. Soportar todas las quejas, juicios e incluso insultos de un acosador en nuestro trabajo nos puede llevar a padecer graves secuelas psicológicas.
Con este trabajo se trata de dar a conocer este fenómeno así como las pautas de actuación que podemos llevar a cabo para resolverlo.
Metodología
Acercamiento a éste gran problema a través de diferentes redacciones médicas y jurídicas consultadas por internet.
Discusión
Las principales características del acoso laboral son:
- Es persistente y se prolonga en el tiempo, al menos una vez por semana y durante más de seis meses.
- Requiere al menos dos personas: el acosador o acosadores y por otra parte la o las víctimas.
- Existen conductas acosadoras que consisten en destruir la reputación y relaciones sociales de la víctima e impedir que realice sus tareas para que finalmente abandone el puesto.
- Está relacionado con la posición que ocupa la víctima en la organización. De esta forma, puede ser vertical u horizontal, si el acosador está en otro puesto o el mismo que la víctima. A su vez, el acoso vertical puede ser descendente, si el acosador es un superior, o descendente si está por debajo.
- El acoso laboral es un proceso que pasa varias fases desde que se desenlaza el conflicto hasta que la víctima es marginada.
- Tiene efectos psicológicos, físicos y sociales. Por eso el acoso laboral es actualmente considerado un problema de salud pública.
Algunas de las conductas hacia la víctima más típicas son:
- Alterar las condiciones de trabajo, cambiar las tareas. manipular datos , no proporcionar útiles necesarios
- Ridiculizar y contar cosas de la víctima.
- Mobbing: no dirigirle la palabra al compañero o hacerle el vacío o de alguna manera apartarlo de sus compañeros.
- Bossing. Hay un único acosador que está por encima, es el jefe, o encargado o supervisor….
- Acoso moral. Actúa sobre el estado de ánimo de la víctima.
Tener un protocolo de acoso laboral es una obligación para todas las empresas, tanto si tiene una plantilla de 1000 ,100 o cuatro trabajadores, está obligada a tener un protocolo contra el acoso laboral que establezca no solo medidas para prevenirlo, sino también el procedimiento a seguir en caso de acoso laboral por trabajadores y empresa .Ya aparece tanto en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 4) como en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres (artículos 45 y 48).
Acoso laboral en hospitales: protocolos de actuación
En los últimos años los hospitales llevan creando planes concretos basados en la comunicación y la resolución de conflictos antes de que éstos vayan a más.
ASÍ, en el caso del Hospital Vall d’Hebron, existen unos protocolos coordinados por la Unidad Básica de Prevención. Cuando se detectan posibles conductas de acoso se realizan estudios psicosociales del entorno conflictivo, se toman medidas preventivas, y se realiza un seguimiento.
El Hospital de Toledo interviene con el “Plan Perseo”. Este documento, creado en 2019, ofrece las claves al servicio de Prevención de Riesgos Laborales para la tramitación de cualquier tipo de conflicto, pasando a un Comité de Resolución de Conflictos, donde están representados trabajadores, sindicatos y la institución.
Extremadura desde 2015 cuenta con un Procedimiento de actuación ante situaciones de acoso moral en el trabajo dirigido al personal del Servicio Extremeño de Salud.
Andalucía también dispone de una Unidad de Prevención de Riesgos Laborales que registra los casos de acoso laboral. El Hospital Universitario Virgen del Rocío, se ocupa de situaciones de conflicto laboral que pudieran suceder en los centros de salud regionales.
En Canarias existe una Comisión de Investigación para la tramitación de las denuncias, regulado por el Protocolo de Actuación Ante Situaciones de Acoso en el entorno laboral de la Administración Pública de la comunidad autónoma.
El País Vasco puso el foco en la atención a los posibles casos de acoso sexual en los entornos laborales
Las sanciones que pueden imponerse a las empresas por no tener un protocolo en contra de la violencia laboral y el acoso sexual o por razón de sexo varían en función de la gravedad de la infracción. Según la Ley de Infracciones y Sanciones, estas quedarían así:
- Multas de 7.501 a 30.000 euros para infracciones leves
- Multas de 30.001 a 120.005 euros para infracciones graves
- Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves
Conclusión
Un 15% de los trabajadores sufre acoso laboral
Según CCOO, hasta un 15% de los trabajadores en España es víctima de acoso laboral. Aunque pueda que parezca baja, en realidad, la media estimada en la Unión Europea es de un 9%. Por lo tanto, nuestro país supera con creces las expectativas y conviene tomar medidas al respecto.
Callarse hace que el porcentaje se dispare y que continúe siendo un problema invisible. Es difícil de demostrar pero esto no debe ser un impedimento para comunicar lo que está ocurriendo. Por eso contar con personas profesionales que sepan identificar el acoso en las empresas es muy importante para evitar situaciones como la toma de decisiones irreversibles por ejemplo despidos, sanciones disciplinarias o renuncias voluntarias, o tener un estado de deterioro físico o psíquico grave.
Bibliografía
https://www.conceptos juridicos.com/acoso-laboral/
https://protecciondatos-lopd.com/ empresas/plan-igualdad/protocolo-acoso- laboral-obligatorio/
https://www.redaccionmedica.com/ secciones/sanidad-hoy/los-hospitales -basan-su-formula-ante-el-acoso-laboral- en-la-mediacion-4903