Autora: María Jesús García Povedano
Categoría profesional: Auxiliar Administrativo
Introducción
La protección de datos sanitarios es un derecho fundamental reconocido en la Constitución, regulado en un Reglamento Europeo de Protección de Datos y desarrollado en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Esta legalidad afecta a todos los profesionales sanitarios incluidos los auxiliares administrativos, así como a los hospitales y clínicas sanitarias y se amplía y complementa con la Ley Básica Reguladora de Autonomía del Paciente.
El objetivo es que el auxiliar administrativo conozca y tenga muy presente en todo momento aquellos requisitos con los que debe cumplir en el manejo de los datos de salud, así como a lo que la Ley de Protección de Datos Personales le obliga.
Método
Se ha realizado una búsqueda sistemática en internet a través de buscadores especializados como PubMed y SciELO, utilizando palabras clave como paciente, datos sanitarios, protección y consentimiento entre otras.
Así mismo, se realiza la lectura de artículos en libros y revistas especializadas en la materia.
Resultados
Como mencionamos anteriormente, la ley regula los derechos y al mismo tiempo las obligaciones que todo profesional y auxiliar administrativo tiene que tener en cuenta en materia de información y documentación clínica.
Esto es así porque cualquier paciente tiene como derecho que la información de sus procesos médicos quede registrada bien en soporte técnico o bien por escrito.
Los requisitos a cumplir por parte del auxiliar administrativo son los siguientes:
- Los datos del paciente deben de anotarse siempre pertinentemente y ser siempre veraces.
- El paciente tiene derecho a ser informado de sus datos.
- Se mantendrá sistemáticamente un registro de las actividades realizadas.
- Estos datos serán guardados bajo estrictas medidas de seguridad.
- Todo profesional está obligado a guardar secreto de la enfermedad del paciente.
- Si por circunstancias personales se tuviese que ceder esta información a terceras personas, se debe plasmar en un contrato.
- Se guardarán los plazos debidos para facilitar los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) o, lo que es lo mismo, el paciente tendrá control sobre sus datos personales.
Conclusión
Con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como con aquellas que la complementan, se ha conseguido que la asistencia sanitaria sea la mejor posible para el paciente.
Es un tema reciente por lo que la elaboración de protocolos debe ser continua y los profesionales auxiliares administrativos deben conocer la existencia de ellos por lo que la continua formación debe ser primordial y la base de una sanidad pública.
El profesional de la salud que recoge los datos del paciente debe tener en cuenta que estos datos deben seguir unas pautas. Deben ser pertinentes, verdaderos y adecuados ya que no se pueden recoger datos que sean ilícitos, poco adecuados y que falten a la verdad.
No nos podemos olvidar que el paciente tiene que dar su consentimiento, que debe ser explícito y por escrito. El paciente deberá firmar asimismo que está de acuerdo en el tratamiento que se vaya a hacer de sus datos médicos.