Índice
Fundamentos y marco normativo
Autora: García García, Leticia Auxiliar Administrativo
Introducción
La Promoción Interna Temporal del Personal Estatutario permite por necesidades del servicio y con carácter voluntario, desempeñar funciones correspondientes a una categoría de un grupo profesional igual o superior, siempre que ostente los requisitos de titulación exigidos para la categoría, con la reserva de la plaza de origen.
Durante el tiempo en que se realicen funciones en promoción interna temporal el interesado se mantendrá en servicio activo en su categoría de origen, y percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones efectivamente desempeñadas, con excepción de los trienios, que serán los correspondientes a su nombramiento original.
Objetivos
La promoción temporal interna constituye uno de los derechos del personal estatutario y como tal ha de regirse siempre mediante unos principios de transparencia y equidad que garanticen el acceso del personal a dicha promoción sin que exista ningún tipo de discriminación o prevalencia de unos trabajadores sobre otros.
Conclusiones
La promoción interna temporal del personal estatutario se encuentra regulada en el Servicio de Salud del Principado de Asturias en primer lugar por la reglamentación normativa de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la cual se complementa y desarrolla mediante un Pacto fruto del acuerdo con las organizaciones sindicales, donde se determinan de manera pormenorizada las peculiaridades y modalidades de esta situación.
Desarrollo
El artículo 35 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud regulado por la ley 55/2003 de 16 diciembre establece el contexto normativo de la promoción interna temporal. El SESPA rubricó con las organizaciones sindicales el Pacto de situación de promoción interna temporal estableciendo que para su autorización, previa solicitud del interesado, se deberá ostentar la titulación requerida y encontrarse en servicio activo como personal estatutario fijo en el grupo de procedencia.
El 50% de los nombramientos cuya duración sea superior al mes, se ofertará a los demandantes inscritos para realizar funciones en situación de promoción interna temporal, estableciendo como excepciones que para los nombramientos del Grupo Administrativo de la Función Administrativa el porcentaje será del 75 y que estos porcentajes no se aplicarán a las categorías profesionales de personal no sanitario de los Grupos de clasificación A1 y A2 y a todas las categorías de personal facultativo, a los que se les ofertarán todos aquellos nombramientos cuya duración sea superior a un mes.
Existen dos modalidades de solicitud:
- A. Desempeño de funciones dentro del ámbito donde el interesado ostente el nombramiento como personal estatutario fijo. Se podrá solicitar promoción interna temporal en una o varias categorías estatutarias. En la adjudicación de nombramientos, los profesionales inscritos en esta modalidad tienen preferencia sobre los inscritos en la modalidad B de promoción interna y sobre los demandantes de empleo temporal.
- B. Para el desempeño de funciones fuera del ámbito donde el interesado ostente el nombramiento como personal estatutario fijo. La promoción interna temporal en esta modalidad se solicitará ante la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias y podrá efectuarse para el desempeño de funciones en una o varias categorías, especialidades y áreas sanitarias.
Se establece que los profesionales en promoción interna modalidad B, tendrán prioridad para la formalización de nombramientos respecto del resto de demandantes de empleo del SESPA. Los ceses, en aquellas plazas no identificadas mediante CIAS, se efectuarán en orden inverso al de la puntuación que se ostente en dicho momento. Quienes se encuentran en promoción interna temporal en esta modalidad, tendrán preferencia de continuación en el nombramiento respecto de los demandantes de empleo
Bibliografía
- Ley 55/2003 de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
- Pacto sobre la situación de promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud del Principado de Asturias