Índice
Autora: Araceli Bernardo García
Palabras clave: organización, usurario, sistema, salud
Objetivos
Describir la organización de nuestro Sistema Nacional de Salud
Metodología
Revisión bibliográfica de los documentos citados al final del texto.
Introducción
La Constitución española recoge en su artículo 43 el derecho a la protección de la salud y la obligación de los poderes públicos de organizar y tutelar la asistencia sanitaria, a través de medidas de prevención de la salud y de servicios asistenciales. En la Ley General de Sanidad de 1986 están recogidos los principios y fundamentos básicos del Sistema Nacional de Salud, que son los siguientes:
- Asistencia sanitaria universal y gratuita
- Equidad: igualdad de recursos para toda la población a pesar de las barreras geográficas, etc.
- Organización territorial e integración de los recursos: para mejorar la gestión de los recursos disponibles se crearon los servicios autonómicos de salud, de forma que cada Comunidad Autónoma adquiere las competencias de su sistema sanitario tanto en recursos materiales, económicos y humanos. Esta nueva organización dio lugar a la creación de las áreas sanitarias y de la atención primaria de salud, como primera barrera de prevención de enfermedades.
- Participación ciudadana a través de una vía administrativa en la gestión y elección de recursos.
Desarrollo
En la Ley General de Sanidad también se habla de la financiación del Sistema Nacional de Salud a través de los presupuestos generales del estado y de las cotizaciones de tasas de autónomos a la seguridad social.
En referencia a la organización del Sistema Nacional de Salud podemos diferenciar tres niveles:
- Administración Central: conformada por el Ministerio de Sanidad y de Política Social con sede en la capital del país. Adquiere las competencias en materia de salud pública en caso de necesidad como puede ser la situación de pandemia actual que está viviendo nuestro país.
- Administración Autonómica: formada por la Consejería de Salud de cada Comunidad Autónoma y tiene las competencias en materia de salud autonómica de dicha comunidad.
- Áreas de salud: se trata de la estructura básica de nuestro sistema sanitario y engloba los dos tipos de atención sanitaria existentes en nuestro país que son:
- Atención Primaria: integrada en las zonas básicas de salud, lo que conocemos con atención comunitaria y se lleva a cabo en los Centros de Salud de cada población. Aún existe una estructura más sencilla que son los Consultorios de salud presentes en las zonas más rurales de nuestra comunidad. Ambos son el primer eslabón de atención sanitaria y la puerta de entrada al sistema sanitario. En este nivel asistencial son fundamentales las labores de prevención, promoción de la salud y rehabilitación. En caso de que el usurario precise de cuidados más especializados será derivado por el médico responsable a la atención especializada u hospitalaria.
- Atención Especializada: formada por los hospitales y centros especializados de nuestra red sanitaria, donde el usurario recibirá la atención específica que precise para su demanda de salud.
Conclusión
Es necesaria una buena coordinación entre ambos niveles de atención sanitaria para llevar a cabo una asistencia sanitaria de calidad y evitar el uso indiscriminado de recursos y la saturación del sistema sanitario.
Bibliografía
Constitución Española. Página web: Aniversario de la Constitución Española 1978-2003. Capitulo III.
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. BOE, núm. 102, de 29 de abril de 1986.