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Autoras: Rosa Gutiérrez Tudela, Ana Mª Barrios Martínez y Cristina Antonia Estévez García (Auxiliares Administrativos)
A medida que se acerca la edad de mi jubilación, es importante acceder a la que más me favorezca y saber si resulta rentable una jubilación anticipada o no. En 2022 podré jubilarme con 65 años si sumo un mínimo de 37 años y seis meses cotizados. Si no llego, no podré solicitarla hasta cumplir los 66 años y dos meses. Estas cifras van variando en los próximos años, de forma que desde 2027 si no llego a los 37 años y medio cotizados, puede retrasarse la jubilación hasta los 67 años de edad.
R.D. Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley 55/2003 de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Ley General de la Seguridad Social. Resolución de 20 de noviembre de 2009, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se dictan instrucciones sobre jubilación, prórroga en el servicio activo y prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal estatutario del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Voluntaria
Debo tener hasta dos años menos que la edad ordinaria que me correspondería y haber cotizado un mínimo de 35 años y medio en 2022, siendo 15 de ellos inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación anticipada voluntaria.
Esta modalidad de jubilación conlleva una reducción del importe de la pensión
Forzosa
Se declara de oficio al personal estatutario al cumplir la edad de 65 años. Solo podrá prorrogarse en dos supuestos:
1. Cuando me falten seis o menos años de cotización para causar derecho a la pensión de jubilación en el momento de cumplir 65 años. Como máximo hasta el día en que complete el tiempo de cotización necesario para causar pensión de jubilación, sea cual sea el importe de la misma. ANEXO II (SOLICITUD DE PRÓRROGA DEL SERVICIO ACTIVO)
2. Cuando solicite la prolongación voluntaria de permanencia en el Servicio Activo, como máximo hasta cumplir 70 años. Sólo se autorizará dicha prolongación de forma excepcional por causas justificadas de carencia de profesionales en dicho puesto. ANEXO VI (SOLICITUD DE PROLONGACIÓN DE LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO ACTIVO HASTA CUMPLIR LOS 70 AÑOS DE EDAD)
Unos tres meses antes de cumplir la edad de jubilación, solicito cita en el INSS al 91 541 25 30 para que me elaboren una simulación, es importante disponer de ella para conocer la fecha exacta de mi jubilación y la cuantía a percibir.
Desde el INSS se ha facilitado un enlace a través del cual puedo realizar yo misma la simulación Ciudadano Detalle (seg-social.gob.es). Resulta muy cómodo hacerla a través de SMS ya que sólo necesitaría mi propio teléfono móvil a dónde me envían un código de verificación.
Desde el Servicio de Personal del Hospital, una vez conocida la fecha de la jubilación, se elabora la correspondiente Resolución que se remite al Servicio de Gestión de Tiempos para el cálculo de la parte proporcional de vacaciones que me corresponden antes de la fecha de jubilación.