Autor: Raúl Suárez Menéndez
Introducción
En este trabajo voy a explicar como objetivo principal las funciones del celador en el servicio de urgencias, que son muy diversas, y además muy importantes ya que es el primer filtro de la cadena y la primera persona que recibe a los pacientes y los orienta si la situación lo permite.
Desarrollo
El servicio de urgencias es un área que forma parte del hospital, normalmente situada cerca de una puerta de acceso para facilitar la llegada y el traslado de pacientes, bien sea en ambulancia, o por sus propios medios, que requieran ser atendidos al instante, dentro de la sala de emergencia.
LAS FUNCIONES DEL CELADOR, en el área de urgencias hospitalarias, son:
- Recibir a todos los pacientes y orientarlos, bien a la zona de admisión o bien a la zona de triaje, para su posterior valoración.
Si el enfermo no pudiera facilitar sus datos administrativos, lo hará un familiar.
- Trasladar a los pacientes según sus necesidades; en silla de ruedas, cama, camilla o por su propio pie.
- Proveer las sillas de ruedas y camillas suficientes, para tal fin, en la entrada de urgencias.
- Avisar al personal sanitario si fuera de necesidad o urgencia.
- Vigilar la entrada y solo permitir el acceso a las personas autorizadas.
- Ayudar al personal sanitario en lo que puedan necesitar.
- Informar a la familia y/o acompañantes, de manera general y no sanitaria, de todo lo necesario, así como de todo lo que le transmitan sus superiores.
- Aplicar las normas de convivencia generales y tratar de mantener el orden y silencio en zonas comunes y salas de espera.
- Cuidar que tanto familiares como visitas no estén por los pasillos y/o dependencias del área de urgencias y las zonas asistenciales, salvo para dirigirse a un lugar concreto, al que los acompañarán si fuera necesario, evitando a su vez que molesten al resto del personal sanitario.
- Trasladar al paciente a todos los servicios y unidades en los que pueda ser requerido; radiología, quirófanos, unidades de hospitalización, boxes…
- Trasladar la documentación a las distintas áreas, así como la recogida de resultados.
- Trasladar el mobiliario de unos servicios a otros.
- En ningún caso podrán dar información sanitaria de los pacientes.
Conclusión
En definitiva, hemos comprobado como el celador tiene que actuar y seguir unas pautas según lo establecido en la normativa recogida en su estatuto* en lo referente al servicio de urgencias del área hospitalaria, y su importancia puesto que es el primer contacto con el paciente, un paciente que acude a un servicio en el que necesita ayuda inmediata y generalmente prioritaria.
Además, siempre lo hará con la mejor actitud y predisposición, facilitando la coordinación entre todos los servicios, puesto que realiza funciones muy variadas, y tratando de conseguir una atención fluida y de calidad.
*Estatuto de Personal No Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, Orden de 5 de julio de 1971, integrado en el grupo de personal subalterno en la escala general, sus funciones vienen detalladas el artículo 14, punto 2. Además, señalar que los celadores como personal estatutario de los Servicios de Salud que conforman el Sistema Nacional de Salud, se les aplicará lo que disponga la Ley 55/2003 de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, que establece las bases reguladoras de la relación funcionarial especial del personal estatutario de los Servicios de Salud.
Bibliografía
- https://www.cgtsanidadlpa. org/f/opes/celador/temas/tema_13.pdf
- https://revistamedica.com/ celador-urgencias/
- https://congresosicepa.com/ papel-celador-urgencias/
- http://celadoresonline.blogspot. com/p/tema-27-actuacion-del-celador-en-el.html