Índice
Autora:
Lucía Sánchez Prados
Introducción
- La Organización Mundial de la Salud, recomienda encarecidamente alimentar a los bebés con leche materna durante los seis meses de vida y prolongar la lactancia como complemento a la alimentación sólida hasta los dos años.
- En España, el 75% de las mujeres que deciden iniciarse en la lactancia materna, la abandonan antes de los seis meses recomendados por los expertos sanitarios y la vuelta al trabajo es la causa principal de tal decisión.
Metodología
- Para la realización de este trabajo se han realizado diferentes y variadas revisiones bibliográficas desde el año 2012 hasta el recién estrenado 2021.
- Se consultan diferentes bases de datos, Scielo y Dialnet entre otras.
- Se tienen en cuenta artículos de revistas especializadas en lactancia, pero también se consultan páginas oficiales como el Estatuto de los Trabajadores, Estatuto Marco y la página de la Asociación Española Pediátrica.
Resultados
- El permiso de lactancia, según el Estatuto de los Trabajadores es un DERECHO INDIVIDUAL que se concede a los trabajadores que hayan sido padres, bien sea de forma natural o por medio de la adopción, pudiendo ser ejercido por cualquiera de los miembros de la pareja y que consiste en aplicar el derecho de ausentarse del puesto de trabajo durante una hora para la lactancia del bebé.
- Dicho permiso, se debe solicitar en la empresa, con 15 días de antelación a la incorporación en el puesto de trabajo tras la baja de maternidad, dejando constancia del que se empieza y se acaba dicho permiso.
- El permiso de lactancia tiene una duración de 9 MESES (hasta que el bebé cumpla dichos meses) y es un PERMISO RETRIBUTIVO, es decir, se seguirá percibiendo lo mismo pese a trabajar menos tiempo, aunque la empresa puede descontar pluses vinculados a la productividad o a la asistencia del puesto laboral.
- La LACTANCIA ACUMULADA, es una variante, que consiste en un agrupamiento total del tiempo de lactancia del que el trabajador puede disfrutar. Se contarían las horas que se dejan e trabajar por el permiso (descontando días de descanso y festivos), desde que se solicita la lactancia hasta que se cumplen los 9 meses.
Conclusión
- Al mismo tiempo que crece el número de mujeres que se incorporan al mundo laboral, también lo hace el de mujeres que se dedican simultáneamente a conciliar el trabajo fuera de casa con el del hogar familiar.
- Las medidas que pueda ofrecer la empresa para conciliar, son una herramienta IMPRESCINDIBLE para impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el plano laboral.
- En el plano social es importante proporcionar información que permita a la mujer que trabaja fuera del hogar prolongar la lactancia.
- El 1 de ENERO DE 2021 entra en vigor la ampliación del PERMISO DE PATERNIDAD a 16 semanas que NO tiene que ir unido al permiso de nacimiento.
Bibliografía
- BOE: Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo.
- Asociación Española de Pediatría: www.aeped.es, comité de nutrición y lactancia materna, (2012).
- www.abc.es, conciliar lactancia y trabajo, un derecho protegido por ley, (2013).
- www.dialnet.unirioja.es, de la corresponsabilidad a la conciliación en el permiso de lactancia, (2014).
- www.reclamador.es/blog/permiso-de-lactancia (2018).
- BOE: Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, (se modifica el artículo 48 bis). (2021).
- www.elperiodico.com, el nuevo permiso de paternidad, (2021).