Índice
Autoras: Ana María Barrios Martínez (Auxiliar Administrativo), Rosa Mª Gutiérrez Tudela (Auxiliar Administrativo) y Mónica Fernández Monteserín (Auxiliar administrativo)
El concepto de empleado público es más amplio que el de funcionario, pues comprende también a profesionales vinculados a la Administración por un contrato laboral y al personal eventual. Sólo es empleado público el que trabaja en las Administraciones Públicas, es decir, el personal integrado en la organización administrativa y que desempeña un trabajo propio de las mismas.
Ver gráfico en Póster
Se considera dentro de la estructura del empleo público aquellos medios jurídicamente establecidos de los que se sirve la Administración para organizar la gestión de personal, así como el conjunto de potestades jerárquicas de los órganos superiores sobre los inferiores, que les permiten asignar tareas y funciones, dictar instrucciones y órdenes de servicio, ejercer la potestad disciplinaria y otorgar premios y recompensas.
El principal instrumento para la gestión de recursos humanos, es la relación de puestos de trabajo (RPT), si bien las necesidades de planificación y organización del trabajo varían de unas Administraciones a otras, dependiendo de sus competencias de autoorganización. Los funcionarios se agrupan en cuerpos, escalas, especialidades u otros sistemas que incorporen competencias, capacidades y conocimiento comunes, acreditados a través de un proceso selectivo.
Los cuerpos y escalas de funcionarios se crean, modifican y suprimen por Ley de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. Una vez establecida la clasificación en Cuerpos y Escalas, se realiza una agrupación en función de la titulación exigida para el ingreso.
Instrumentos de estructuración del empleo público
• Registros de personal
• Plantillas de personal
• Relación de puestos de trabajo
• Planes de empleo
• Ofertas de Empleo Público
Cuerpos y escalas
GRUPO A: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
GRUPO B: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Formación Profesional de tercer grado.
GRUPO C: Título de Bachiller Superior o Formación Profesional de segundo grado
GRUPO D: Título de Graduado Escolar o Formación Profesional de primer grado.
GRUPO E: Certificado de Escolaridad.